Arguedas, Viernes 27 de agosto de 2021
En el BON extraordinario nº 201, publicado el 26 de agosto, se prorrogan las medidas restrictivas de circulación entre las 1,00 horas y las 6,00 horas del sábado y domingo días 28 y 29 de agosto en aquellas poblaciones de la Comunidad en las que el nivel de incidencia acumulada a 7 días esté por encima de 125 casos de COVID por cada 100.000 habitantes y/o el nivel de incidencia acumulada a 14 días esté por encima de 250 casos de COVID por cada 100.000 habitantes.
Arguedas es una de las poblaciones afectadas, ya que los niveles de incidencia a 7 días están en 308 casos y a 14 días están en 572 por cada 100.000 habitantes.
Orden Foral completa en : https://bon.navarra.es/es/anuncio/-/texto/2021/201/0
JOSÉ MARÍA PARDO AYALA,
Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Arguedas.
HACE SABER:
El Gobierno de Navarra, con el aval del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, ha renovado, mediante la Orden Foral 30/2021, de 17 de agosto, la limitación selectiva de la movilidad nocturna, mientras se mantienen vigentes el resto de medidas específicas de prevención frente al COVID-19.
La medida afecta a 81 localidades de Navarra, por tener valores de incidencia por encima de los 250 casos por cada 100.000 habitantes en 14 días y los 125 casos por cada 100.000 habitantes en los últimos 7 días.
En Arguedas no estamos en riesgo alto, pero los valores de incidencia acumulada a 7 y a 14 días debido a los últimos casos detectados son de 264 casos por cada 100.000 habitantes, por lo que nos aplican las medidas restrictivas señaladas en la Orden Foral 30/2021.
La nueva norma, que estará en vigor entre el viernes 20 de agosto (00.00 horas) y el 26 de agosto (23:59 h.), mantiene la limitación de la movilidad nocturna entre las 01:00 h. y las 06:00 h., los sábados y domingos.
Únicamente se podrá circular durante esas horas nocturnas para actividades como la adquisición de medicamentos y productos sanitarios y otros bienes de primera necesidad, asistencia a servicios sanitarios y veterinarios, cumplimiento de obligaciones laborales o legales, cuidado de personas vulnerables, repostaje en gasolineras para la realización de las actividades citadas hasta ahora, y por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
No hay cambios en otras normativas y artículos vigentes y se mantienen horarios de cierre, aforos y medidas en diferentes actividades y ámbitos ya conocidas previamente.
Lo que se publica para general conocimiento.
Arguedas, 19 de agosto de 2021
Fdo. Jose María Pardo Ayala
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