Arguedas, 20 de julio de 2020
BANDO
SUSPENSION DE TODA ACTIVIDAD EN LOS LOCALES DENOMINADOS “BAJERAS DE OCIO”, “PIPEROS” O SIMILARES.
JOSÉ M. PARDO AYALA, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Arguedas
HACE SABER:
Que en el BON extraordinario, de 18 de julio, se ha publicado la ORDEN FORAL 35/2020, de la Consejera de Salud por la que se dictan medidas en relación con los locales denominados “bajeras de ocio”, “piperos” o similares, ubicados en la Comunidad Foral de Navarra y se modifica la Orden Foral 34/2020 de 15 de julio, por la que se adoptan medidas preventivas en relación con el uso de mascarillas durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por COVID-19, en la Comunidad Foral de Navarra.
En la cual se ordena:
Primero.–Ordenar la suspensión de toda actividad en los locales denominados “bajeras de ocio”, “piperos” o similares, ubicados en la Comunidad Foral de
Navarra (Aclarar que las denominadas sociedades gastronómicas, reguladas como tal, permanecen abiertas cumpliendo las directrices sanitarias ya conocidas y vigentes desde fin Estado de Alarma).
Segundo.–Esta medida será revisable en función de la evolución de la situación epidemiológica del momento.
Tercero.–Modificar la Orden Foral 34/2020, de 15 de julio en relación con el uso de mascarillas durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por COVID- 19,añadiendo:
- Los menores de entre 6 y 12 años y los usuarios y usuarias de transporte deberán llevar mascarilla
- Asimismo, los menores entre 6 y 12 años deberán llevarla en la vía pública y espacios al aire libre siempre y cuando no pueda garantizarse la distancia interpersonal de 1,5 metros.
A efectos de la acreditación de las situaciones de enfermedad, discapacidad, dependencia, o alteraciones conductuales que eximan del uso de la mascarilla, será suficiente una declaración responsable de las personas que se encuentren en estos supuestos o de sus tutores legales.
Esta Orden Foral tendrá efectos desde su publicación en el Boletín Oficial de Navarra. (BON 18/07/2020)