M.I.AYUNTAMIENTO DE ARGUEDAS
BANDO
JOSÉ Ma PARDO AYALA, Alcalde-Presidente del M.l. Ayuntamiento de Arguedas
HACE SABER:
Con motivo de la crisis sanitaria motivada por el Coronavirus-Covid-19 se adoptan las siguientes medidas de prevención:
1.- Queda suspendida la atención al público presencial en el Ayuntamiento de Arguedas, Juzgado de Paz y Servicios Sociales de Base.
Toda la atención se realizará por los empleados municipales a través del teléfono 948830005, de la sede electrónica https:ll.www.arguedas.es y correo electrónico arguedasaarquedas.es
2.- La atención a pacientes en el centro de salud, se hará igualmente de manera telefónica, a través del teléfono 948831534, excepto para urgencias.
3.- Se comunica a la ciudadanía que toda la información relacionada con el coronavirus en la Comunidad Foral de Navarra se puede consultar en la página web https://coronavirus.navarra.es/.
4.- En caso de presentar sintomatología que pueda estar relacionada con el coronavirus se deberá de llamar al teléfono 948 290 290 para no colapsar el teléfono 112 y no se deberá acudir presencialmente a un centro sanitario a no ser que telefónicamente se les indique lo contrario.
5.- Se recomienda no asistir a eventos o espacios en los que haya concentración de personas y en la medida de lo posible quedarse en casa.
Se recuerda a todos los vecinos de que todas estas medidas son de carácter preventivo, y se insiste en la importancia de mantener en todo momento la calma, actuando con la debida mesura en nuestras rutinas y hábitos. Desde el Ayuntamiento de Arguedas, se irá en todo momento, informando sobre todo cuanto pueda interesar a los vecinos en relación con las medidas que vaya adoptando el Instituto de Salud Pública de Gobierno de Navarra.
Lo que se publica para general conocimiento.
Arguedas, 1 de marzo de 2020
Fdo. Jose Ma Pardo Ayala
Plaza de los Fueros 1 131513 Arguedas (Navarra) 1 T. 948 83 00 05 1 F. 948 83 01 74 I arguedas@arguedas.es I www.arguedas.es
M.I. AYUNTAMIENTO DE ARGUEDAS /RE 20-046
El día 13 de marzo de 2020, el Alcalde-Presidente de este Ayuntamiento dictó la resolución cuyo texto íntegro se transcribe a continuación: Debido a la situación y evolución del coronavirus (Covid-19) y vistas las directrices y criterios que se están estableciendo desde diferentes organismos oficiales, el Ayuntamiento de Arguedas ha decido adoptar una serie de medidas dirigidas a la prevención de la propagación del virus.
Esta Alcaldía, en uso de sus atribuciones conferidas por el Art. 21 I .$) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y demás disposiciones concordantes,
HA RESUELTO:
Primero: Suspender todas las actividades municipales organizadas por el Ayuntamiento de Arguedas, de tipo deportivo, cultural, social y recreativas, así como todas aquellas que se desarrollen en instalaciones municipales.
Segundo: El cierre de las siguientes instalaciones municipales:
– Casa Consistorial. – Instalaciones deportivas. – Casa de Cultura. – Centro juvenil. – Biblioteca. – Club de Jubilados e instalaciones anexas. – Centros educativos municipales. – La Capilla.
Tercero: Suspender el mercadillo local que se celebra los jueves. Cuarto: Las nuevas medidas que el Ayuntamiento de Arguedas vaya adoptando, serán publicitadas convenientemente a través de la página web municipal, redes social.. Quinto: Las medidas expuestas serán de aplicación desde el día 13 de marzo, hasta nuevo aviso.
Sexto: Dar traslado de la presente resolución, a los colectivos afectados, a los centros educativos, centro de salud, a la ciudadanía en general, mediante la colocación de bando yo través de la página web municipal.
Lo que notifico a Usted para su conocimiento y efectos, advirtiéndole que contra dicha resolución podrá interponer, optativamente, uno de los siguientes recursos: 11 V a.- Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación de esta molución. b.- Recurso contenciosaad.nistrativo ante el Juzgado o la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la notificación de esta resolución, o c.- Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes siguiente a la fecha de notificación de esta resolución.
Arguedas, a 13 de marzo de 2020
EL ALCALDE-PRESIDENTE, LA SECRETARIA DEL AYUNTAMIENTO,